Votemos recurre el archivo del caso Hamacas: “El daño al erario público es cuantioso”
Votemos ha presentado recurso contra el auto de archivo provisional del caso Hamacas, que dictó el pasado 21 de septiembre el juez José Luis Ruipérez, titular del Juzgado número 1 de Puerto del Rosario. El recurso ha sido admitido a trámite para su estudio por el Juzgado y, en el caso de que el juez se ratifique en su decisión, se elevará a la Audiencia Provincial de Las Palmas.
El juez decidió archivar la causa por alteración de concurso público o estafa contra más de ochenta personas por considerar que los hechos no son constitutivos de delito y que no hay perjuicio económico para el Ayuntamiento por el procedimiento llamado de “puja en escalera”.
El Juzgado también decidió continuar el procedimiento, en modo abreviado, por el delito de cohecho contra Gregorio Roberto Vegas y Vicente Curbelo, por el intento de soborno al portavoz de Votemos en La Oliva, Álvaro de Astica, para que influyera de manera favorable a los intereses de su empresa en este concurso de adjudicación del servicio de hamacas en las playas, ya que el concejal formaba parte de la Mesa de contratación.
En abril de 2016, uno de estos empresarios telefoneó al concejal para concertar una cita en la que le entregó un sobre con 2.300 euros, pero el edil había avisado a las autoridades y el dinero fue incautado.
El juez decidió archivar la causa cuando aún no habían declarado todos los imputados, considerando que las declaraciones realizadas hasta ese momento eran suficientes para el esclarecimiento de los hechos, ya que, además hay abundante documentación en la causa.
El Juzgado decidió archivar la causa por alteración en concurso público, por las llamadas pujas en escalera, aunque también optó por continuar el caso por cohecho contra dos empresarios
Sin embargo, Votemos, que se ha presentado en el caso como acusación popular, considera que con ese archivo “se ha cercenado el ejercicio de la acusación popular, al archivar una parte muy importante de la causa “justo en el momento en que se ha solicitado la personación de Votemos La Oliva, limitando gravemente el ejercicio de los derechos fundamentales y libertades”.
El modus operandi detectado por la Fiscalía es que se presentaban varias ofertas económicas por parte de personas con vínculos familiares y se retiraban las de mayor importe para que las subastas se las llevasen los licitadores con las propuestas económicas más bajas.
La Fiscalía destaca que se ocasionó un “perjuicio económico a los fondos públicos y cuantiosos beneficios económicos para los adjudicatarios”. Entre los investigados se encontraba la interventora del Cabildo de Fuerteventura, que habría pujado en los últimos años “con la sola intención de alterar el precio final, con el consiguiente perjuicio económico al erario público y beneficio económico para su hermano”, según la Fiscalía.
Considera Votemos que el auto de archivo recoge afirmaciones diametralmente contrarias a las propias resoluciones judiciales adoptadas en las diligencias previas y considera que la Ley de Enjuiciamiento Criminal exige la práctica de cuantas diligencias probatorias sean necesarias para la comprobación de los hechos denunciados.
“Las declaraciones efectuadas hasta la fecha no hacen sino corroborar los hechos denunciados”, destaca la acusación popular
Además destaca que “las diligencias que no se quieren realizar no han sido solicitadas por las partes sino acordadas y señaladas por el propio juez instructor, “tratándose de la más elemental de las mismas, la declaración judicial de los investigados”. “Las declaraciones efectuadas hasta la fecha no hacen sino corroborar los hechos denunciados”, destaca la acusación.
En el procedimiento de las pujas en escalera, los investigados, según Votemos, “impedían la libre concurrencia ejerciendo un control férreo sobre los licitadores, habiendo reconocido por activa y por pasiva que se concertaban para pujar en escalera, de modo tal que todos los investigados que declararon en sede policial describen con todo lujo de detalles cómo se concertaban para que renunciara la puja más alta antes de ser adjudicataria y, de este modo, reducir el canon a pagar al Ayuntamiento”. Por tanto, el daño al erario público no sólo se habría producido, sino que “es muy cuantioso y perfectamente cuantificable”.
Para Votemos, mientras que el auto recurrido afirma que “no ha existido perjuicio alguno para las arcas públicas o para la administración, dado que las pujas partían de un canon o precio mínimo que se ha respetado en todo caso”, las manifestaciones, dentro del procedimiento, de los profesionales vinculados a las administraciones públicas concernidas dicen lo contrario, destacando las realizadas por “la propia letrada del Ayuntamiento de La Oliva, la señora Belinda, que viene a reconocer que se perjudica al Ayuntamiento en la medida en que recibe menos dinero”.
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1 Voto a favor Mar, 14/11/2017 - 11:24
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