El Gobierno de Canarias comunicó la concesión de la ayuda el mismo día que falleció la solicitante y cinco años después de que se iniciaran los trámites
Admitida una reclamación por el retraso en la ayuda a una dependiente de Fuerteventura que murió esperando
El Gobierno de Canarias comunicó la concesión de la ayuda el mismo día que falleció la solicitante y cinco años después de que se iniciaran los trámites
El Consejo Consultivo de Canarias ha emitido un dictamen por el que insta al Gobierno de Canarias a que admita la reclamación de un vecino de Fuerteventura que pedía una indemnización por el retraso en la concesión de la ayuda a la dependencia de un familiar. El Gobierno comunicó la ayuda el mismo día que falleció la persona a la que se le concedía.
Los familiares solicitaron en abril de 2010 el reconocimiento de la situación de dependencia y el derecho a las prestaciones dentro del Programa Individual de Atención (PIA). El Gobierno reconoce la dependencia tres años después, en marzo de 2013, pero no aprueba la ayuda hasta junio de 2015 y lo comunica a la solicitante el 8 de julio, el día de su fallecimiento.
La familia pidió entonces una indemnización por responsabilidad patrimonial por los daños ocasionados como consecuencia del funcionamiento del servicio público de atención a la dependencia. En esa solicitud reclamaban 24.393,33 euros más los intereses de demora por “un mal funcionamiento de la Administración que le produjo un perjuicio irreparable que no tenía el deber de soportar”.
El Gobierno, a través de la Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda no admitió ese procedimiento por cuestiones formales, entendiendo que la familia debía haber puesto otro tipo de recurso.
Sin embargo, el Consejo Consultivo considera que el retraso en la aprobación del PIA produce “un daño resarcible, de lo que se sigue que la inadmisión de la solicitud de reclamación de tal daño es contraria a Derecho, ya que los interesados tienen derecho a ser resarcidos por los daños ocasionados por el funcionamiento de los servicios públicos”.
El Gobierno debía haber admitido esa reclamación “ya que se reclama por un daño producido por el retraso en resolver por parte de la Administración” y tendrá que iniciar ahora el correspondiente procedimiento de responsabilidad patrimonial.
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