Intervención del Ayuntamiento cifró en 629.000 euros el dinero que debía haber en la caja fuerte, que solo contenía 10.168 euros
El Juzgado termina la instrucción del caso Caja fuerte con el tesorero de La Oliva como único imputado
Intervención del Ayuntamiento cifró en 629.000 euros el dinero que debía haber en la caja fuerte, que solo contenía 10.168 euros
La magistrada Isabel Quintero Verdugo, titular del Juzgado de instrucción número 1 de Puerto del Rosario, ha dictado un auto por el que transforma las diligencias previas del caso “caja fuerte” de La Oliva, en procedimiento abreviado.
La juez ordena el archivo de la causa para la ex interventora Rita Darias por no apreciar “indicios racionales de criminalidad” y solicita que continúe la tramitación contra el tesorero José Hilarión Cabrera por un presunto delito de malversación y prevaricación administrativa.
El caso estalló con la llegada en el mes de marzo de 2017 del interventor Miguel Ángel Guerra, que cifró en más de 800.000 euros los que faltaban de la cuenta de caja del Ayuntamiento de La Oliva. A esa cantidad llegó tras comparar el dinero en efectivo que había en la caja fuerte municipal y el que debería de haber.
El procedimiento establece que al incorporarse al cargo se debe efectuar de forma obligatoria un arqueo de la caja municipal. El alcalde en aquel momento solicita al tesorero que efectúe el arqueo pero no lo hace y casi un mes después comunica al alcalde que existe la posibilidad que haya una discrepancia entre los fondos que se encuentren en la caja y los datos contables.
El alcalde le ordena al tesorero que ingrese en el banco de forma inmediata los fondos que se encuentren en la caja municipal, que proceda al arqueo y que deje constancia por escrito de la justificación de esas diferencias. Ante la insistencia, tanto del interventor como del alcalde, el tesorero presenta un parte de baja médica, según refleja una providencia municipal.
El tesorero es el encargado de guardar la llave tanto del cuarto donde se encuentra la caja fuerte como de la propia caja, y no entrega esa llave en el Ayuntamiento. Para acceder al interior, y después de que la Policía Local de La Oliva no localizara al tesorero, se llama a un cerrajero para que reviente la caja fuerte en presencia de la secretaria del Ayuntamiento.
La contabilidad de las cuentas de la caja donde se debía recaudar los pagos en efectivo que se hacen al Ayuntamiento arrojaba la cantidad de 823.606 euros. Con posterioridad, se corrigió el informe del interventor y se apuntó que la cuantía que debía estar en la caja era de 629.637 euros. En la caja, sin embargo, tan sólo se encontraron en efectivo 10.168 euros y 76 céntimos.
El Ayuntamiento de La Oliva inició un expediente sancionador por una falta muy grave contra este funcionario y remitió la causa al Tribunal de Cuentas, que embarga al ex tesorero la nómina y tres inmuebles y que abre un juicio dentro del procedimiento de reintegro por alcance que inició por este caso.
Contabilidad no fiable
Cabrera ha presentado un recurso contra la decisión del Juzgado de Puerto del Rosario y pide la nulidad de las actuaciones porque no se han practicado las diligencias acordadas por el propio Juzgado. Señala que no constan en la causa ni un certificado o testimonio del extracto de las cuentas investigadas ni los documentos que soportan sus apuntes contables, así como los certificados de pago o documentos de ingreso y el original del arqueo de 31 de diciembre de 2015.
La defensa del tesorero señala que ya denunciaron esto mismo en noviembre de 2018 porque el Ayuntamiento no había remitido la documentación acordada y que ya se ha revocado en una ocasión el auto de procedimiento abreviado por no haberse realizado esas diligencias, y sin que se hayan incorporado, se ha vuelto a cerrar la instrucción. El Ayuntamiento indicó al Juzgado que no puede cumplir con esas exigencias porque la documentación original solicitada se ha remitido al Tribunal de Cuentas.
Destaca la defensa que hay un informe del actual interventor de La Oliva, Francisco Díaz, realizado el 13 de mayo de 2019, en el que afirma que la contabilidad del Ayuntamiento no es fiable y que no responde a su imagen fiel. También pide la nulidad porque considera que en este auto no se expresan lo hechos punibles contra su defendido y se copian textualmente los hechos del auto de enero de 2019 que fue revocado por la Audiencia provincial.
“No resulta serio ni conforme a Derecho que mediante auto de 30 de enero de 2019 se revoque el auto de PA dictado con fecha 14 de noviembre de 2.018 al considerar que existía una falta de determinación de los hechos punibles y, posteriormente, sin realizar una sola diligencia de prueba, se vuelva a dictar Auto de fecha 22 de enero de 2020 que copia textualmente sin cambiar una sola coma de los hechos punibles el auto revocado”, señala el tesorero en su recurso.
Además, pone de manifiesto que “la existencia de un desfase numérico es suficiente para iniciar la instrucción, pero no para continuar la causa, solo con eso, e iniciar el juicio. La existencia del desfase permite distintas hipótesis, desde el error en la anotación contable, hasta el desorden o falta de rigor en la llevanza de las cuentas. Y cada una de estas posibilidades conducen al sobreseimiento”, argumenta.
Añadir nuevo comentario