TRIBUNALES

El Supremo entierra el Plan de La Geria que Rosa intentó mantener vivo por el juicio de Stratvs

El tribunal declara que la anulación del Plan de La Geria es firme y rechaza el intento 'in extremis' del empresario de paralizar la sentencia del Supremo hasta que finalizara el juicio de Stratvs

El empresario Juan Francisco Rosa, en el juicio del caso Stratvs. Foto: Adriel Perdomo.
M. Riveiro 0 COMENTARIOS 20/02/2020 - 21:02

El Tribunal Supremo ha enterrado de forma definitiva el Plan Especial de La Geria. En una sentencia dictada este lunes rechaza el recurso del empresario Juan Francisco Rosa, que intentó 'in extremis' que el Supremo no se pronunciara hasta que finalizase el juicio del caso Stratvs que se sigue en la Audiencia Provincial de Las Palmas.

En su resolución, el Supremo señala que ya el Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) había dictado sentencia firme en la que anulaba el Plan Especial de La Geria, aprobado por la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias (Cotmac) en enero de 2013.

La intención de Rosa era mantener vivo el planeamiento de La Geria como argumento de defensa en el juicio del caso Stratvs, donde se le acusa, entre otros, de un delito contra la ordenación del territorio, porque incluía a la bodega como “equipamiento estructurante”.

El Plan, en esas condiciones, se aprobó por el Gobierno de Canarias cuando ya se estaba instruyendo la causa penal que ha sentado en el banquillo al promotor y, entre otros, a tres antiguos miembros de la Consejería de Política Territorial (los técnicos Faustino García Márquez y Armando Villavicencio y el exdirector general de Urbanismo Juan César Muñoz).

Entre los elementos de la defensa del dueño de la bodega Stratvs se ha utilizado en la instrucción de la causa un dictamen elaborado por el catedrático Francisco Villar, uno de los ponentes de la polémica Ley del Suelo que impulsó el expresidente Fernando Clavijo (CC), que concluye que el Plan de La Geria, aunque sea posterior a la construcción de las instalaciones, tiene “fuerza jurídica legalizadora sin necesidad de expediente”.

Sin embargo, la reciente sentencia del Tribunal Supremo confirma que el Plan Especial de La Geria ya estaba anulado en firme por el Tribunal Superior de Justicia de Canarias, que se pronunció sobre la ilegalidad del planeamiento a finales de 2016 y confirmó que no cabía recurso alguno en abril de 2017.

Sin embargo, en una discutida decisión, la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso del Supremo admitió a trámite, en enero de 2019, unos dos años después de haberse presentado, un recurso de Rosa contra la anulación del Plan de La Geria con el argumento de que tenía “interés” para la formación de la jurisprudencia sobre la anulación de los planes territoriales y si, cuando sucedía, había que comenzar desde el principio su tramitación o no.

En febrero del año pasado, el Tribunal Superior de Justicia de Canarias salió al paso de esa decisión del Supremo de admitir a trámite el recurso de Rosa y señaló que la anulación del Plan de La Geria era firme y que había ordenado la ejecución de la sentencia.

Intento de frenar al Supremo

La Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso del Supremo, a la que le tocó por reparto el recurso interpuesto por Rosa, fijó para votación y fallo del caso el pasado 4 de febrero. En la tarde anterior, la representación del empresario pidió “la suspensión de la votación y fallo por prejudicialidad penal”.

Rosa alegó, según la sentencia, “que se está celebrando la vista del juicio” del caso Stratvs en la Audiencia Provincial y que el Plan Especial de La Geria declaraba a la bodega “equipamiento estructurante” del “paisaje” del espacio protegido.

“Su alegación termina ahí, sin ir acompañada de la cita del tipo penal en el que hipotéticamente se subsumiría la conducta, ni de ningún otro documento, a excepción de una cédula de citación en la que, como dato relevante y junto a la expresión 'perjudicado', sólo leemos: 'Agencia Tributaria (Agencia Estatal de Administración Tributaria)'”, explica el Tribunal Supremo.

El Supremo destaca que resulta “claro” que no pueden acoger la “petición” del empresario, algo que califican de “imposible” a la vista de sus “alegaciones” y del “documento único” que las acompaña. Solo se podría suspender la decisión del tribunal, se explica en la sentencia, si el resultado del juicio en la Audiencia Provincial hubiese condicionado “directamente” la decisión de los magistrados del Supremo.

“Cosa juzgada”

El TS acoge en su sentencia el criterio del TSJC de que el Plan Especial de La Geria ya había sido anulado en firme desde 2017, mediante otro procedimiento judicial idéntico al que Rosa logró que llegase al Supremo.

De hecho, en la sentencia se destaca que la representación del promotor de Stratvs no negó “la existencia de cosa juzgada” que argumentó la empresa que instó la anulación del Plan Especial de La Geria y que se personó en el Supremo.

Por ello, la sentencia confirma la “pérdida del objeto” del recurso de casación, al no poderse tramitar y descarta incluso entrar a valorar las razones que la otra Sección del Supremo apreció para la una hipotética formación de la jurisprudencia sobre los planes territoriales.

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