El Juzgado obliga a la Corporación insular a hacerse cargo de la minuta del abogado que defendió a Águeda Montelongo, el ex fiscal general del Estado Eligio Hernández
Condena al Cabildo a pagar 15.600 euros al abogado de Montelongo en el caso Patronato
El Juzgado obliga a la Corporación insular a hacerse cargo de la minuta del abogado que defendió a Águeda Montelongo, el ex fiscal general del Estado Eligio Hernández
El Cabildo de Fuerteventura tendrá que pagar más de 15.600 euros por la defensa de la ex presidenta insular del Partido Popular (PP), Águeda Montelongo, en el conocido como caso Patronato, en el que fue juzgada por prevaricación, malversación y falsedad documental.
El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) la absolvió y, con posterioridad, la Corporación insular se negó a abonar los gastos de su defensa, ejercida por Eligio Hernández, ex fiscal general del Estado.
La absolución de Montelongo, para quien la Fiscalía solicitó cinco años y ocho meses de prisión, se produjo en diciembre de 2015. El TSJC consideró que no había indicios suficientes para condenarla por el pago de viajes de políticos del PP a la Isla con cargo a los fondos del Patronato de Turismo, de la que fue responsable.
Con posterioridad, en septiembre de 2016, el Cabildo de Fuerteventura rechazó abonar los gastos de la defensa de la exconsejera insular de Turismo, que ascendían a 15.640 euros. El Cabildo argumentó que la causa judicial en la que se vio envuelta Montelongo tenía una dimensión “personal e individual”, aunque fuese “derivada del ejercicio propio de las funciones públicas”. El Cabildo majorero destacó que no existía “documentación relativa a los actos preparatorios del contrato o adjudicación del mismo” a Eligio Hernández.
El Cabildo presidido por Marcial Morales (CC) argumentó, a pesar de la absolución dictada por el TSJC, que “no puede descartarse" la "intervención" de Águeda Montelongo “en los hechos” enjuiciados: el pago con fondos públicos de facturas que ascendían 1.346 euros por alojamientos y coche de alquiler.
En cambio, el titular del Juzgado, Alfonso Silos López de Haro, que acepta la demanda interpuesta por Águeda Montelongo y por su abogado, Eligio Hernández, señala que el Estatuto básico del empleado público reconoce el derecho de los cargos públicos a la defensa jurídica ante imputaciones en causas penales derivadas de hechos acaecidos en el ejercicio de sus funciones.
En la misma línea, el Juzgado considera que se dan las circunstancias para que el Cabildo indemnice a Montelongo por los gastos generados. Así, destaca que fue absuelta “por no haber quedado acreditado su conocimiento y participación en los hechos” y recuerda que los gastos se originaron por la defensa de Montelongo por hechos sucedidos cuando ostentaba el cargo de presidenta del Patronato insular de Turismo.
Además, el Juzgado recalca que “no puede considerarse que ni de la fundamentación jurídica ni del fallo de la sentencia del Tribunal Superior de Justicia” se desprenda que Montelongo intervino con “abuso, exceso o desviación de poder” para beneficiar intereses particulares propios o de su grupo político, como defendió el Cabildo.
“Precisamente la sentencia”, añade el Juzgado, absolvió a Montelongo “al no haber quedado acreditado” que “conociera el carácter irregular de los pagos realizados con cargo al Patronato de Turismo o que fuera la persona que diera órdenes” para que se efectuaran. El Juzgado incide en que en la sentencia “se habla de una 'posibilidad' en su fundamentación”, pero “finalmente en el fallo se descarta que esto fuera así y se absuelve” a Montelongo.
En la resolución del Juzgado se establece la nulidad de la decisión del Cabildo, se obliga a la institución a pagar los 15.640 euros de la defensa ejercida por Eligio Hernández, con intereses, y se condena también en costas (400 euros) a la Corporación insular.
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