Condena de 17 años y medio de cárcel por el asesinato de Daniel Moreno en Morro Jable
La Audiencia Provincial ha condenado a 17 años, seis meses y un día de prisión a Pedro Montelongo por el asesinato, en marzo del año pasado, de Daniel Moreno a la salida del hotel en el que trabajaba en la localidad de Morro Jable (Pájara).
En la sentencia también se le condena a la prohibición de acudir a Fuerteventura y a Talavera de la Reina durante 20 años, y a indemnizar a los padres y hermanos de Daniel Moreno con 240.000 euros.
La Fiscalía pedía 15 años de prisión en caso de que fuera considerado homicidio y de 20 años de cárcel en el supuesto de que la condena fuera por asesinato. La acusación particular reclamaba una condena por asesinato de 25 años de prisión.
El tribunal de jurado dictó considera probado que el crimen se produjo "acabada la relación" que Jennifer Ruiz mantenía con el ahora condenado, de forma "simultánea" a la "relación pública y conocida" que tenía como pareja de Daniel Moreno.
Al día siguiente de romper mediante conversación telefónica, Pedro Montelongo se dirigió a las inmediaciones del Hotel Magic Life de Morro Jable, donde trabajaba la víctima y les esperó en una zona "mal iluminada" y "poco transitada".
Sobre las nueve de la noche del 3 de marzo, mientras Daniel Moreno caminaba hacia su coche se dirigió a la víctima y, ya cuando estaba en el interior del vehículo, le asestó varias puñaladas en el cuello, el pecho, el hombro y las piernas con un cuchillo de tipo militar.
Las puñaladas le seccionaron completamente la vena yugular y le afectaron al hombro derecho, y al tórax, penetrando "en profundidad" en los pulmones, así como heridas en la pierna izquierda.
"Daniel, gravemente herido, y el acusado salieron del vehículo" y la víctima se cayó al suelo. El condenado le sacó la cartera del pantalón y la tiró por las proximidades, abandonando el lugar del crimen.
La víctima no pudo defenderse
El jurado destacó "la alevosía en la muerte de Daniel", además de que el condenado causó la muerte de la víctima atacándolo en una "zona muy oscura", sin que pudiera defenderse y utilizando un cuchillo de grandes dimensiones que llevaba escondido en el bolsillo trasero del pantalón.
En la sentencia se apunta que el jurado no consideró el argumento de la defensa de que "Pedro tenía miedo de Daniel" y que "lo único que pretendía era hablar con él sobre como Jennifer los había utilizado a los dos".
La acusación particular solicitó sin éxito que se dedujera testimonio contra Jennifer Ruiz por considerar que "había mentido" en el juicio con respecto a sus declaraciones anteriores. "En lo que se contradijo", deduce la Audiencia, "fue en el tipo de relación que mantenía con el acusado mientras tenía una relación de pareja con la víctima".
"Al parecer, en la fase de instrucción dijo que llegó a mantener relaciones sexuales con el acusado y en el juicio oral dijo que solo fue un 'tonteo' y un beso", apunta la Audiencia Provincial, que razona que "ni justifica ni atenúa la conducta del acusado, ni supone una mentira relevante".
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