Ordena el cese inmediato de la “conducta abusiva” de la actividad
Costas sanciona con 3.000 euros y la caja realizada a las empresas de 'water taxis'
Ordena el cese inmediato de la “conducta abusiva” de la actividad
La policía municipal de La Oliva ha comenzado a notificar las sanciones impuestas por la Demarcación de Costas de Canarias a las empresas de 'water taxis' que transportan pasajeros entre Corralejo y la isla de Lobos, desembarcándolos en la playa del Puertito, una zona habitual de baño.
Las multas son de 3.000 euros a cada una de las empresas, o el doble si hay reincidencia, además de la entrega de la caja: los beneficios económicos obtenidos por la venta de los tickets para realizar la excursión a Lobos. Además, ordena el cese inmediato de la “conducta abusiva” de la actividad.
Hasta el jueves por la tarde solo se habían notificado estas sanciones a cinco de las nueve empresas que constan identificadas en los informes policiales, pero, según fuentes municipales de La Oliva, a lo largo de la semana se les entregarán las sanciones a todas las compañías.
Durante el presente mes de agosto la policía municipal se ha desplazado en varias ocasiones hasta la citada playa en el Parque Natural de La Isla de Lobos y ha levantado acta de las embarcaciones que desembarcaban y embarcaban allí pasajeros.
La acción policial estaba apoyada por una orden de la Dirección de Costas, firmada el pasado 31 de julio por el Jefe de la Demarcación, Rafael López Orive, pidiendo al Ayuntamiento de La Oliva que realizara “las acciones necesarias para hacer efectiva la observancia de las normas e instrucciones dictadas por la Administración del Estado sobre salvamento y seguridad de las vidas humanas”, recogidas en la Ley de Costas.
La carta de Costas tiene su origen en una solicitud del propio Ayuntamiento de La Oliva, que pidió a Costas autorización para la ocupación del dominio público marítimo terrestre con balizamiento de la zona de baño y canal de acceso al embarcadero del Puertito en la Isla de Lobos. Esta solicitud está en tramitación, lo cual no implica que se otorgue autorización, según han aclarado desde este organismo, pues se aplicará lo que se establece legalmente.
Los water taxis, sin autorización de Costas
En esta orden, Costas aclara también que “no consta en esta Demarcación que exista ninguna autorización en relación al uso del dominio público marítimo terrestre con carácter lucrativo de embarcaciones destinadas a excursiones marítimas turísticas costeras, ni al punto de embarque y desembarque fuera de la zona de servicio de los puertos en esa zona”.
Igualmente, en el punto tercero de la misiva de Costas al Ayuntamiento de La Oliva, se dice que el uso de esos puntos de embarque y desembarque, tal como prevé el artículo 64 de la Ley de Costas, “deberán ser autorizados por el servicio Periférico de Costas, y que además esta autorización será previa a la que deba emitir el órgano competente del Ministerio de Fomento”.
Desde el Ayuntamiento se espera que el desembarco de pasajeros en la playa del Puertito en Lobos, que estas empresas vienen haciendo de manera ilegal, termine inmediatamente para evitar el riesgo para la seguridad de los bañistas que se viene produciendo a diario, tal y como también se refleja en el informe de Costas.
El Consistorio confía en que los 'water taxis' dejen de operar para que no se incrementen las sanciones económicas derivadas de una actividad que carece de autorización. Al menos hasta este jueves por la tarde, en cambio, los 'water taxis' seguían transportando a viajeros a Lobos sin parar.
Water taxis “abocados al cierre”
Según ha declarado en los últimos días Alien Alonso Gil, portavoz de los 'water taxis' y propietario de la empresa Nautic Corralejo Charter, empresa en la que tenían participaciones la concejala de Comercio de La Oliva, Evelin Gómez Morera, y el cabo de la patrullera de la Guardia Civil de Corralejo, Juan López Vila, que según han declarado han vendido su parte este mes de agosto, si no se les permite el desembarco en la playa del Puertito el Ayuntamiento les “aboca a cerrar el negocio, dado que el desembarco en el muelle conlleva gran peligrosidad para los pasajeros”.
Al contrario de lo manifestado por Alonso sobre la seguridad, se da la circunstancia de que alguno de los catamaranes que traen turistas a Lobos desde la vecina isla de Lanzarote embarcan y desembarcan a sus pasajeros en el muelle de Lobos, habilitado para esta actividad, y no en el Puertito, mediante un 'water taxi' de la empresa Nautic Corralejo Charter.
Capitanía confirma que incumplen los planes de trabajo
Por otra parte, consultada la Capitanía de Puertos en Las Palmas sobre la necesidad de permisos necesarios para realizar el transporte de viajeros entre Corralejo y Lobos, se afirma que algunas de estas empresas no cuentan con los permisos necesarios, y otras que si los tienen incumplen las condiciones de trabajo, refiriéndose a la necesidad de que cada lancha lleve un marinero a bordo además del patrón o piloto de la embarcación.
En todo caso, aclaran en Capitanía, “son varias las instituciones que tienen competencia sobre ese servicio además de nosotros, el Cabildo de Fuerteventura, Costas y el Ayuntamiento de la Oliva”.
A preguntas sobre si el permiso de Capitanía libera a estas empresas de la obligación de obtener la correspondiente licencia municipal, las fuentes consultadas confirman a Diario de Fuerteventura que, al contrario de lo sostenido por el portavoz de los 'water taxis', en el sentido de que no necesitan licencia municipal porque su actividad se desarrolla en la Isla de Lobos, “el permiso de Capitanía es imprescindible, pero no exonera a estas empresas de contar con la correspondiente licencia municipal, como cualquier otro negocio en cada ayuntamiento”.
En el artículo 196 de la Ley de Costas se prevé un procedimiento sancionador de todas las infracciones a esta Ley, con independencia de que “ la infracción pudiera ser constitutiva de delito o falta”, este caso se dará traslado al Ministerio Fiscal.
En cuanto a las multas previstas en esta misma Ley, el artículo 201 prevé multas de un mínimo de 3.000 euros para las infracciones graves que conlleven riesgo para la seguridad de las personas. También se prevé una sanción de entre 1.000 y 5.000 euros por cada día que el acceso o tránsito se encuentre interrumpido dentro del dominio público marítimo-terrestre afectado.
Dentro de las infracciones consideradas como leves se prevé en el artículo 202 la posibilidad de sancionar en “los supuestos del anuncio de actividades a realizar en el dominio público y sus zonas de servidumbre sin el debido título administrativo”.
En el punto b) de ese mismo artículo se prevén multas de 300 euros si se obstruyen la labor de la policía cuando ejerza funciones que corresponden a la Administración.
Comentarios
1 Jorge Fuer Vie, 24/08/2018 - 09:23
Añadir nuevo comentario