Murieron los tres tripulantes de la aeronave
El Supremo cierra la vía penal por el accidente del helicóptero de rescate de 2015
Murieron los tres tripulantes de la aeronave
El Tribunal Supremo ha confirmado el archivo de la investigación abierta sobre el accidente que sufrió hace cuatro años en el Atlántico un helicóptero del Servicio de Búsqueda y Rescate (SAR), en el que murieron sus tres tripulantes, al no apreciar indicio alguno de delito en la causa.
El capitán José Morales, el teniente Saúl López y el sargento Jhonander Ojeda perdieron la vida el 22 de octubre de 2015 cuando regresaban a la base del Ejército del Aire en Gando (Gran Canaria) de una misión en Senegal, tras estrellarse contra el océano el helicóptero Superpuma HD.21.07 que los dos primeros pilotaban.
Ese siniestro era el segundo accidente mortal que sufría el SAR de Gran Canaria en poco más de un año. El 19 de marzo de 2014, otro helicóptero Superpuma del mismo servicio se precipitó al mar en aguas cercanas a Fuerteventura durante un ejercicio de entrenamiento con un buque de la Armada, con el resultado de cuatro muertos.
Se da la circunstancia de que el único superviviente de ese primer accidente, el sargento mecánico Ojeda, murió en el segundo.
El caso fue llevado a la jurisdicción penal militar por algunos de los familiares de las víctimas, que exigieron una investigación sobre el estado de los helicópteros del Ejército del Aire asignados al SAR y su servicio de mantenimiento, con el fin de averiguar si la muerte de los tres militares era imputable a alguna negligencia.
Sin embargo, el Tribunal Militar Territorial Quinto lo archivó en diciembre de 2018, a propuesta del juez togado militar de Las Palmas de Gran Canaria que lo había instruido y que no apreciaba indicio alguno de delito en lo ocurrido con el segundo Superpuma.
En una sentencia adelantada por canariasahora.com, la Sala de lo Militar del Supremo falla definitivamente que la investigación del accidente no ha aportado indicio alguno que permita apreciar un delito ni en la preparación de la misión, ni en la elección de la tripulación ni en el mantenimiento que siguió la aeronave.
Como apoyo principal de la primera sentencia de archivo y de su actual confirmación aparece el informe de la Comisión para la Investigación de Accidentes de Aeronaves Militares (CITAAM), que dictaminó que el Superpuma había emprendido el vuelo desde Nuadibú (Mauritania) a Gran Canaria con buenas condiciones meteorológicas, con una "preparación adecuada" y sin haber sufrido incidencia alguna en su desplazamiento anterior, realizado desde Senegal.
La CITAAM confirmó que los dos pilotos del Superpuma y su mecánico actuaron correctamente ante la emergencia que les produjo en pleno vuelo e intentaron amerizar (de hecho, la aeronave llegó a desplegar sus flotadores), pero se estrellaron por un problema técnico que hizo imposible que controlasen la caída del helicóptero.
"De lo actuado se desprende que la aeronave debió sufrir un desequilibrio dinámico del rotor principal del helicóptero que pudo tener su origen en un problema del adaptador de frecuencia de una de las palas, que provocó daños en otros componentes del rotor principal, como pudo ser la rotura de alguna biela de cambio de paso, lo que condujo a una falta de control de la aeronave que impidió el amerizaje controlado del helicóptero", decía la CITAAM.
La viuda del capitán Morales, uno de los pilotos, recurrió el primer archivo alegando que no se había justificado adecuadamente a qué se debió el fallo del adaptador de frecuencia de una de las palas ni había un informe pericial que examinase lo ocurrido.
El Supremo rechaza su argumento y ratifica que, como ya había apuntado la CITAAM en su informe, "la aeronave había sido mantenida de acuerdo con el programa de mantenimiento en vigor del Ejército del Aire y tenía cumplimentadas todas las órdenes técnicas y de seguridad aplicables".
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