La empresa solo ha acreditado la propiedad de menos de un 20% del solar próximo al Charco de San Ginés, que está afectado por Costas
El TSJC cierra la posibilidad de que se reabra el millonario pleito de Ginory y Arrecife tendrá que pagar 31 millones
La empresa solo ha acreditado la propiedad de menos de un 20% del solar próximo al Charco de San Ginés, que está afectado por Costas
El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha desestimado un recurso de queja interpuesto por el Ayuntamiento de Arrecife para intentar reabrir el pleito sobre el solar frente a Ginory y evitar el pago de 31 millones de euros por ese suelo.
La última bala del Ayuntamiento consistía en que este tribunal obligase al Juzgado de lo contencioso administrativo 3 de Las Palmas de Gran Canaria a estimar esa queja, que finalmente ha rechazado, considerando que el caso ya está juzgado y que se debe ejecutar la sentencia.
El pleno del Ayuntamiento aprobó el pasado 17 de junio otro plan de pago por el que abonará a los propietarios de ese suelo los citados 31 millones en un periodo de tiempo menor al estipulado inicialmente: en principio hasta 2032, si bien desde el grupo de gobierno encabezado por Ástrid Pérez se ha sugerido la posibilidad de utilizar remanentes de tesorería o un crédito para pagar la deuda.
El Juzgado de lo contencioso administrativo número 3 requirió al Ayuntamiento de Arrecife, en pleno estado de alarma, para que explicase la razón por la que había incumplido el abono de las primeras cuotas del plan de pagos, validado por el Juzgado el año pasado.
El solar, que en la actualidad es un enorme aparcamiento, albergó en su momento la Fábrica de Las Nieves y fue adquirido por una empresa, Litos Canarios, que hizo varias promociones inmobiliarias en Canarias en los años 70 del pasado siglo y que nunca desarrolló ningún proyecto en Arrecife.
En 1994 el Plan General califica ese suelo como urbanizable: los propietarios van a los tribunales porque consideran que es urbano y ganan. En ejecución de sentencia se opta por la expropiación.
El Ayuntamiento considera que la ejecución de la sentencia incumple la Ley del Suelo
El Ayuntamiento, con Cándido Reguera como alcalde y Pedro de Armas como concejal de Urbanismo, no recurre la última tasación, que alcanza los 20 millones y que con los intereses deja el importe a pagar en 31 millones.
El abogado de Arrecife en ese pleito fue el exsecretario Felipe Fernández Camero, que no discutió en ningún momento el título de propiedad ni las dimensiones reales de la parcela.
Ahora, el Ayuntamiento, defendido por Gervasio Martín, pone de manifiesto en ese recurso de queja ante el TSJC que no se dan las condiciones para llevar a cabo el pago porque se incumpliría el artículo 43 de la Ley del Suelo, que obliga a que el justiprecio solo se haga efectivo cuando se presente una certificación registral a favor de la otra parte u otros títulos que justifiquen la propiedad o que no haya anomalías en las fincas que se adquieren.
“Coaccionar”
Arrecife considera que la sentencia de 2016 nunca definió el modo de cumplimiento de este fallo que ahora está obligado a cumplir. Además, advierte de que hay “graves anomalías en el título de propiedad” que ya se pusieron de manifiesto en una prueba pericial que se practicó en otro procedimiento paralelo sobre el mismo suelo.
Sin embargo, ni el Juzgado ni el TSJC han tenido en cuenta ese análisis sobre la titularidad de los terrenos, a pesar de los intentos del Ayuntamiento de alertar que se incumple la Ley del Suelo, “llegando al término de coaccionar a los responsables políticos de la Administración, con advertencias incluso penales si no atiende a ejecutar la misma”, señala el abogado en ese recurso de queja.
En el citado recurso, el letrado del Ayuntamiento insistía en que lo estipulado en la Ley del Suelo, que exige que el afectado aporte una certificación registral a su favor sobre la totalidad de los terrenos, “constituye una obligación legal para los interesados en el cobro del justiprecio y un obstáculo para la Administración, que no podrá hacer efectivo el pago del mismo mientras no se dé cumplimiento a dichos requisitos legales”.
Menos superficie
En esa prueba pericial, que analizó el contenido de los asientos certificados por el propio Registro de la Propiedad, se demostró que la finca por la que se van a pagar 31 millones no tiene la superficie que dice tener, ya que se formó de la unión de dos fincas, una de 1.630 metros cuadrados y otra de 185, que suman 1.815 metros, muy lejos de los 10.754 metros que se van a pagar.
Esa finca, la 2.167 de Arrecife, “según reflejo literal” de su asiento registral está afectada por la Ley de Costas. Desde el punto de vista fiscal figura como superficie otra diferente: 9.811 metros, de los cuales solo estarían materialmente fuera del dominio público marítimo terrestre 5.435 metros “afectados en su totalidad por las servidumbres legales de la Ley de Costas desde 1988”, señala el letrado del Ayuntamiento.
Por eso, en el escrito de queja se destacaba que es de “absoluta necesidad de exigir la aportación de esos certificados exigidos por la Ley ante el riesgo de que se esté abonando con dinero público una enorme cantidad de dinero a quien puede no tener derecho a ello”.
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