El juez recuerda que la Ley de RTVC atribuye la competencia para contratos superiores a un millón de euros al consejo rector del ente y el de informativos es de 144 millones
La Justicia suspende de forma cautelar el concurso de informativos de Televisión Canaria
El juez recuerda que la Ley de RTVC atribuye la competencia para contratos superiores a un millón de euros al consejo rector del ente y el de informativos es de 144 millones
El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Santa Cruz de Tenerife ha ordenado suspender cautelarmente el concurso para la adjudicación del contrato de servicios informativos de Televisión Canaria tal y como había reclamado la actual concesionaria, Videoreport Canarias.
En un auto hecho público este lunes, el juez Francisco Úbeda Tarajano accede a la medida solicitada al considerar que "resulta de forma evidente, clamorosa, que la volunta del legislador autonómico ha sido atribuir la competencia para la aprobación de contratos, convenios, acuerdos o negocios jurídicos de carácter plurianual o superiores a un millón de euros en su cuantía al Consejo Rector del Ente Público Radio Televisión Canaria". El concurso de informativos tiene un importe de 144 millones de euros, distribuidos en ocho años.
El juez indica, además, que el expediente del concurso, promovido unilateralmente por el presidente de RTVC, Santiago Negrín, que se erigió en órgano de contratación unipersonal, "incurre de manera clara y evidente en nulidad de pleno derecho".
En su opinión, "por haber sido dictado por órgano manifiestamente incompetente y con omisión del procedimiento legalmente establecido para la adopción de acuerdos por el Consejo Rector en materia de su competencia".
En su resolución, el juez reconoce que la suspensión del concurso puede acarrear perjuicios a Televisión Canarias, "pero no menos cierto es que" la nulidad del procedimiento de licitación y, por extensión, de la adjudicación contractual "causaría mayores perjuicios para el erario público y para los adjudicatarios del contrato audiovisual y, de otra parte está en manos de la demandada someter, nueva e inmediatamente, la iniciación del expediente de contratación al órgano competente (esto es, el Consejo Rector)".
Ante ello, continúa el juez, "debe colegirse que, en la ponderación de los intereses en liza, debe prevalecer la de suspender un acto administrativo que, de forma evidente, esperpéntica y clamorosa, ha sido dictado por un órgano carente de competencias para ello".
La suspensión cautelar dictada por la justicia afecta a la primera convocatoria del concurso de informativos, que fue declarada desierta por el presidente de RTVC. Pero se extiende al segundo concurso, un negociado sin publicidad, al depender directamente del primero y haber sido también convocado sin el concurso del Consejo Rector.
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