TRIBUNALES

Un Juzgado de Tenerife archiva la querella por prevaricación contra el coronel Arranz y el general Sánchez

La representación procesal de la sargento Moreno prepara el recurso

Saúl García 0 COMENTARIOS 15/10/2019 - 11:11

El Juzgado de Instrucción número 3 de Santa Cruz de Tenerife ha decidido el archivo provisional de la querella interpuesta por la sargento del Seprona, Gloria Moreno, contra el general Sánchez Medina y el coronel Arranz por una prevaricación administrativa por aplicar una sanción a dicha sargento que después fue anulada por un Tribunal Militar.

Los hechos denunciados se remontan a 2017, cuando la sargento es sancionada tras preguntar sobre el estado de las capturas de los gatos silvestres en la isla de La Graciosa, que se encuentra en el Parque Natural del Archipiélago Chinijo.

Los mandos denunciados manifestaron que procedió de “modo desconsiderado” ante el director del Consejo Insular ‘Isla de la Graciosa’ al preguntar sobre los gatos cimarrones, “insistir dos veces” en conocer qué había pasado con estos gatos y haber “sembrado la sospecha” sobre las actuaciones del responsable de este espacio protegido.

Según el auto de archivo, “el hecho de que haya sido estimado el recurso” por parte del Tribunal Militar, “no significa per se que la resolución recurrida sea prevaricadora”. Destaca ese auto que nadie ha indicado que se infringiera la normativa procedimental y que, en el caso del general, contaba con un dictamen del servicio jurídico que proponía desestimar el recurso de alzada. Estima, en cualquier caso, que la resolución sancionadora no fue arbitraria y, por tanto, no se da uno de los elementos típicos del delito de prevaricación administrativa.

Por su parte, la defensa de Moreno, destaca que el Juzgado tardó siete meses en admitir a trámite la querella y solo unas horas en dictar el archivo, después de que este mismo lunes declarara uno de los imputados. Considera que la sanción se produjo por “simplemente limitarse a realizar, en un Consejo insular de caza, una pregunta respetuosa y comedida, en palabras de la sentencia estimatoria del Tribunal Militar Quinto que anulara la sanción disciplinaria impuesta”.

Señalan que la decisión judicial se archivo se sustenta “en considerar que se respetaron los trámites establecidos en el procedimiento sancionador –que nadie discutía-; que el hecho que se anulara la sanción no significaba per se que la resolución sancionadora fuera injusta –que se anulara no comportaba por sí misma que fuera injusta, pero que el Tribunal indicara que fue la pregunta respetuosa y comedida si era revelador de la injustificable sanción disciplinaria-; y que el propio Tribunal Militar no dedujo testimonio por un supuesto delito de prevaricación administrativa”.

La representación procesal de la sargento anticipa que ya está preparando el pertinente recurso de apelación que interpondrá al enjuiciar que los argumentos ofrecidos para acordar el archivo son contrarios al derecho a la tutela judicial efectiva, pues entiende que, con independencia de que se respetaran los trámites en el procedimiento sancionador, resulta totalmente arbitrario que fuera sancionada por meramente formular una pregunta carente de elemento irrespetuoso alguno, comedida y de cierto interés público.

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